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Normatividad para el Programa Institucional de Tutorías

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE CHIHUAHUA
DIRECCIÓN ACADÉMICA

NORMATIVIDAD PARA EL PROGRAMA INSTITUCIONAL DE TUTORÍAS

CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES.

Articulo 1º. El presente instrumento establece la base legal para la operar el Programa Institucional de Tutorías (PIT), en la Universidad Autónoma de Chihuahua, con apego a los artículos 2º y 49º fracción IV de la Ley Orgánica de la propia Universidad.

Articulo 2º El sistema Integral de Tutorías (SIT), es el conjunto de elementos y actores que interactúan en forma interdependiente, formando un todo para el desarrollo de la tutoría.

Articulo 3º La tutoría es un proceso mediante el cual, se ofrece a los estudiantes de licenciatura, postgrado y educación abierta, una atención especializada, sistemática e integral, a través de catedráticos que hayan sido debidamente certificados y designados tutores para tal efecto.

Articulo 4º Las Unidades Académicas promoverán permanentemente entre los estudiantes, el programa institucional de tutorías. La tutoría por su modalidad y de acuerdo al sistema integral de tutorías podrá brindarse en forma individual, grupal o a distancia.

Articulo 5º Los sujetos actores de este programa son las Autoridades Universitarias, el Tutor, el Tutorando y Docentes, los que participan de manera interactiva, en compromiso permanente y compartido, para alcanzar en esfuerzo común el objetivo fundamental de la tutoría

CAPITULO II

PROPOSITOS DEL PROGRAMA

Articulo 6º. El programa institucional de tutorías de la Universidad Autónoma de Chihuahua, busca satisfacer debidamente los siguientes propósitos:

a) Orientar, asesorar y acompañar al estudiante durante su trayectoria escolar, a fin de colaborar en su formación, propiciando en él fundamentalmente la responsabilidad en el aprendizaje.
b) A efecto de lo anterior, ofrecer al estudiante una atención integral, con calidad y equidad que responda a sus necesidades de aprendizaje y le apoye en la solución de sus problemas personales, que perturben su incorporación plena como universitario, sea durante su permanencia en las aulas, al egresar y en su titulación.
c) A través de la cultura de tutorías, fortalecer en el estudiante valores y actitudes que mas allá del ámbito universitario trasciendan hacia la familia, e impacten en una mejor calidad de vida.
d) Promover entre los maestros de tiempo completo, medio tiempo y hora clase su capacitación y certificación como tutores, para motivarlos mediante un programa de formación y actualización permanente que revalorare su quehacer docente, y logre una interacción efectiva con el tutorando por medio del dialogo y la comunicación.
e) Realizar el programa institucional de tutorías en forma obligatoria para maestros de tiempo completo y medio tiempo, estableciendo a cambio, un mecanismo de estimulo para eficientar su desempeño, e incorporar mediante invitación a los maestros hora clase con el perfil que exige el Sistema integral de Tutorías y que deseen ser tutores.
f) Establecer los mecanismos para definir la modalidad a desarrollar por el Sistema Integral de Tutorías, teniendo como base las necesidades y recursos disponibles en cada unidad académica.
g) Propiciar el trabajo colegiado al interior de las unidades académicas, con acciones que favorezcan al Sistema Integral de Tutorías.
h) Operar un sistema que permita al tutor contar con la información confiable y oportuna, a efecto de dar seguimiento a la acción tutorial, así como generar proyectos de investigación educativa y modelos adecuados de atención al tutorado.
i) Implementar un programa para evaluar permanente al Sistema Integral de Tutorías, con criterios e indicadores que faciliten la toma de decisiones en forma oportuna, adecuada y confiable.

CAPITULO III

ESTRUCTURA DEL PROGRAMA INSTITUCIONAL DE TUTORÍA

DE LA OPERATIVIDAD GENERAL

Articulo 7º. El Programa Institucional de Tutorías es organizado, supervisado y coordinado, en forma general, por el Departamento de Planeación y Desarrollo Académico y en lo particular, por la Jefatura de Unidad de Tutorías

Articulo 8º El Programa Institucional de Tutorías, implementará programas de información e infraestructura necesaria para la actividad tutorial, facilitando la interacción del Coordinador General de Tutorías, los Coordinadores de Tutorías de las Unidades Académicas y los tutores. Contará así mismo, con mecanismos de control, seguimiento y evaluación del programa de tutorías.

Articulo 9º Los Coordinadores de Tutorías de cada Unidad Académica conformarán el Consejo Consultivo de Tutorías, el cual será presidido por el Jefe del Departamento de Planeación y Desarrollo Académico de la Dirección Académica, en el que se evaluará el funcionamiento del PIT propuesto en el SIT

Artículo 10º. El Jefe de Unidad de Tutorías, será un tutor nombrado y certificado por la Dirección Académica con la responsabilidad de coordinar la gestión de los Coordinadores de Tutorías; así como la de organizar, facilitar, y evaluar la acción tutorial en las Unidades AcadémicasDE LA OPERATIVIDAD EN LAS

UNIDADES ACADEMICAS

Artículo 11º El Director respectivo, será quien designe al Coordinador de Tutorías en su Unidad Académica, quien deberá ser tutor certificado

Artículo 12º La Secretaría Académica a través del Coordinador de Tutorías, será quien opere la organización, coordinación, seguimiento, evaluación y control del Programa Institucional de Tutorías en cada Unidad Académica. Para ello, gestionará personal y condiciones de infraestructura para el buen desarrollo del programa.

Artículo 13º El Coordinador de Tutorías de cada Unidad Académica con autorización del Secretario Académico, es responsable de designar los docentes que fungirán como tutores. De acuerdo a sus necesidades, determinará el número de tutorandos por tutor, pudiendo auxiliarse con tutores adscritos a la Dependencia de Educación Superior (DES) que corresponda.

Articulo 14º. El Coordinador de Tutorías de cada Unidad Académica informará a su Secretario Académico y a la Dirección Académica:

a) Los nombres de los tutores designados.
b) Los nombres de los tutorandos que en ese momento recibirán el beneficio de la Tutoría
c) y, al término del ciclo, las evaluaciones y los resultados de dicha actividad.
d) Del Programa Táctico desarrollado por el Coordinador de tutorías y,
e) Del Programa Operativo desarrollado por los tutores.

CAPITULO IV

SERVICIOS DE APOYO A LA TUTORÍA

Artículo 15º. El servicio que se brinde, a través del Programa Institucional de Tutorías, propiciará el desarrollo integral del estudiante, mediante la orientación sobre procedimientos y canalización hacia las instancias que el tutor juzgue conveniente para obtener a favor del tutorando:

a) Asistencia médica
b) Asistencia alimenticia
c) Asesoría académica
d) Asesoría legal
e) Asistencia psicológica
f) Becas
g) Bolsa de trabajo
h) Cursos y talleres presénciales, o en cualquier otra modalidad, a través del Departamento de Educación Continua, Abierta y a Distancia, o bien, por las propias Unidades Académicas.
i) Cursos remédiales y talleres de apoyo en diversas áreas del conocimiento
j) Coordinación de programas para alumnos de alto rendimiento
k) Desarrollo deportivo y cultural
l) Extensión universitaria
m) Inducción a la universidad, unidad académica o carrera
n) Orientación educativa
o) Servicio social y práctica profesional
p) Trabajo social
q) Otros servicios que en su momento demande la formación integral de los estudiantes, según lo señalen el PIT y el SIT

CAPITULO V

DE LOS TUTORES

Artículo 16º. Tutor es aquel docente certificado como tal, que orienta, asesora y acompaña al estudiante durante su trayectoria escolar, a fin de colaborar en su formación integral propiciando al tutorando, la responsabilidad del autoaprendizaje.

Artículo 17º. Para ser designado Tutor, se deberá cumplir con los requerimientos siguientes:

a) Mostrar interés por pertenecer al grupo de tutores de la Unidad Académica a la que pertenece.
b) Ser docente de tiempo completo (PTC), medio tiempo (PTM) o de tiempo parcial (PTP) adscrito a la UACh con una antigüedad mínima de dos años.
c) Estar certificado como tutor por la Dirección Académica, y ser asignado como tal.
d) Que en su trayectoria haya mostrado calidad moral y buen desempeño profesional.
e) Conocer de la Institución y de la Unidad Académica a la que pertenece lo siguiente: misión, visión, planes de desarrollo, modelo educativo, planes de estudio, estructura, organización y servicios.
f) Conocer igualmente, legislación universitaria, procedimientos académico-administrativos y perfiles de ingreso y egreso de los tutorandos.
g) Tener amplio conocimiento acerca de la carrera sobre la que ofrece orientación a sus tutorandos y los vínculos entre las diferentes áreas o especialidades, del ejercicio profesional y las diversas asignaturas que ofrece el plan de estudios.
h) Asistir a los cursos y/o talleres que la Dirección Académica, o su Unidad Académica ofrezcan para capacitarse y actualizarse en su desempeño como tutor.
i) Cumplir con las evaluaciones periódicas que la Unidad Académica establezca.

Artículo 18º. El tutor deberá tener las Habilidades y capacidades genéricas siguientes:

a) Ser un profesor de reconocida calidad moral;
b) Poseer habilidades para la comunicación y el diálogo en sentido positivo, así como creatividad para mantener el interés del tutorando con una actuación responsable;
c) Mantener una actitud ética y empática hacia los estudiantes que le permita inspirar confianza y aceptación por parte de los tutorandos;
d) Ser observador, analítico, crítico y conciliador;
e) Mantener un equilibrio entre la relación afectiva y cognoscitiva que le permita delimitar de manera adecuada, el proceso de la tutoría.
f) Reconocer el esfuerzo en el trabajo, las fortalezas y las debilidades de sus tutorandos para propiciar su formación como profesionista creativo y generativo.

Artículo 19º. El tutor tendrá las siguientes funciones:

a) Participar en la elaboración del programa táctico de los coordinadores.
b) Elaborar su programa operativo anual, o semestral para apoyar al tutorando, considerando los tiempos específicos que dedicará a la tutoría.
c) Aplicar y analizar la Ficha de Inicio de Tutoría y seguimiento individual de cada tutorando.
d) Sistematizar la información de la tutoría.
e) Brindar tutorías académicas cuando le sea requerida por el estudiante, o le sea asignada por el coordinador de tutorías.
f) Identificar en los estudiantes estilos y métodos de aprendizaje así como las características de la personalidad del tutorando y situaciones no presentes en su expediente escolar.
g) Vincular su quehacer con coordinadores de servicios y programas de apoyo a la formación integral del estudiante para canalizar al tutorando según sea el caso o el motivo de la tutoría.
h) Informar sobre los apoyos estudiantiles que ofrece la institución (cursos, becas, actividades deportivas y culturales)
i) Proporcionar información confiable y fidedigna de los distintos instrumentos que aplica en su programa operativo, cuando le sea requerido por las autoridades correspondientes, a través de un informe de actividades y de avances.
j) Brindar tutorías en un mínimo de tres reuniones individuales durante el semestre, independientemente de la modalidad implementada. (individual, grupal o a distancia)
k) Mantener actualizada la información académica de sus tutorandos.
l) Al participar en sesiones conjuntas con otros profesores y/o tutores, omitir el nombre del estudiante y los profesores involucrados, al comentar un problema en particular.
m) Participar en los procesos de evaluación del PIT y del SIT.
n) Fomentar la inclusión de otros tutorandos al PIT.
o) Asistir puntualmente a las sesiones de tutoría previamente programadas.
p) Promover el desarrollo del PIT
q) Mantener una constante comunicación con su tutorando
r) Mantener contacto con el secretario académico de su Unidad Académica y/o su coordinador de tutorías, en caso de problemas personales-académicos de los Tutorandos con los profesores.
s) Colaborar con los secretarios académicos, de extensión y difusión para una adecuada asignación de becas económicas de la propia institución y/o PRONABES
t) Participar en actividades de actualización.
u) Compromiso de mantenerse informado sobre los aspectos institucionales y específicos del estudiante para optimizar su influencia en el desarrollo del alumno.

Articulo 20º. El tutor tendrá las siguientes obligaciones:

a. Orientar al estudiante en la elección de las asignaturas y actividades académicas.
b. Analizar al estudiante, si éste lo requiriera, para la elaboración de trabajos académicos, de tesis y de ejecución de su servicio social.
c. Canalizar a los distintos servicios e instancias de la Universidad, así como a aquellas instancias externas, que puedan brindarle apoyo personal en salud, asesoría psicológica y apoyo en situaciones sociales que así se demanden, para luego darle seguimiento estrecho a la trayectoria del estudiante.
d. Apoyar al estudiante en todos los asuntos relacionados con el aprendizaje, ayudándole a desarrollar habilidades que le permitan aprender a aprender.
e. Procurar que el tutorando conozca la estructura y la organización del plan de estudios, el perfil de egreso, así como los aspectos generales de la organización, para lograr la integración en su ambiente.
f. Propiciar ambientes de confianza en el estudiante, para que manifieste sus dificultades en el desempeño escolar, en cuyo caso deberá gestionar apoyo y canalizarlo.
g. Mantener confidencialidad de la información manejada con el Tutorado.
h. Informar al final de cada período escolar sobre sus actividades como Tutor a través de un instrumento de evaluación.
i. Mantener constante comunicación con el Coordinador de Tutorías y Secretario Académico de la Unidad Académica correspondiente para resolver los problemas que con motivo de su función se le presenten.

Artículo 21º. El tutor tendrá los siguientes derechos:

a) Pedir cambio de tutorandos.
b) Conocer los resultados de la evaluación del PIT y de su desempeño como tutor.
c) Recibir actualización y capacitación que apoye su función como tutor.
d) A fin de no afectar la carga académica que le corresponda, se le descargue frente a grupo el tiempo necesario para atender la tutoría, de acuerdo al Reglamento del Personal Docente.
e) Al término de cada semestre o año académico recibir su constancia que acredite su función como tutor.
f) Recibir como reconocimiento y con efectos para el estímulo al desempeño académico lo siguiente:

• Si es Coordinador del Programa: 30 puntos por semestre.
• Como tutor en tutoría individualizada: 5 puntos por semestre por tutoría.
• Como tutor en tutoría grupal: 30 puntos por semestre por grupo no mayor de 10 alumnos.
• Para Coordinadores Operativos en área central: 80 puntos por semestre.

g) Conocer los resultados de la evaluación del PIT y de su desempeño como tutor.

h) Recibir actualización y capacitación que apoye su función como tutor.

CAPITULO VI

DE LOS ASESORES AUXILIARES.

Artículo 22º. Los estudiantes que hayan aprobado como mínimo el 70% de los créditos, con un promedio general mínimo de 90, sean regulares y sin materias reprobadas durante su estancia en la Universidad; podrán apoyar con los servicios de asesoría académica, a los tutorandos, como Asesor Auxiliar, con la supervisión de un tutor docente.

Artículo 23° El asesor auxiliar, deberá ser autorizado previamente por el Secretario Académico, o en su defecto por el Coordinador de Tutorías de la Unidad Académica.

Artículo 24. Los estudiantes que sean aceptados como Asesor-Auxiliar, podrán solicitar a la Secretaria de Extensión y Difusión de la Unidad Académica correspondiente, el registro de esta actividad como proyecto de Servicio Social, en los términos del reglamento correspondiente.

CAPITULO VII

DE LOS TUTORANDOS

Artículo 25º. El tutorando es el estudiante inscrito en el nivel de licenciatura, postgrado y educación abierta, a quien se le proporciona la tutoría sistemática y personalizada, a lo largo de su trayectoria escolar.

Articulo 26º. Los estudiantes podrán solicitar el servicio de Tutoría en cualquier momento de su trayectoria estudiantil.

Articulo 27º. El servicio de tutoría se otorgará al estudiante mediante previa cita acordada con el Tutor asignado.

Artículo 28º. El tutorando tendrá los siguientes derechos

a) Contar con un tutor académico a partir de su ingreso a la UACh.
b) Garantía de confidencialidad de su tutor.
c) Recibir respeto absoluto por parte de su tutor.
d) Solicitar el cambio de tutor académico hasta por dos veces durante su trayectoria escolar, previa autorización del secretario académico y el visto bueno del coordinador de tutorías de la Unidad Académica.

Artículo 29º. Son obligaciones del tutorando:

a) Asistir puntualmente a las sesiones de tutoría previamente programadas.
b) Proporcionar en la Ficha de Inicio de Tutorías, la información previa al momento de ingresar a la Universidad.
c) Dar la importancia al PIT y guardar respeto hacia el tutor.
d) Mantener una constante comunicación con su tutor académico.
e) Asistir a un mínimo de tres reuniones individuales con su tutor académico durante el semestre, independientemente de la modalidad implementada.
f) Cumplir con el programa de trabajo que el tutor le señale.
g) Fomentar la inclusión de otros tutorandos al PIT.
h) Responder en forma positiva a los apoyos que le brinde la tutoría académica.
i) Ser responsable y gestor de sus aprendizajes.
j) Mostrar autonomía en sus decisiones.
k) Proporcionar información confiable y fidedigna en los distintos instrumentos que se apliquen en los procesos de evaluación del SIT.

Artículo 30º. Si el tutorando no acude a la hora y fecha asignada por el Tutor, se les establecerá nueva fecha y hora. En caso de no asistir a la segunda cita, quedará sin efecto la Tutoría.

TRANSITORIOS

Artículo 1º. Aquellos aspectos no contemplados en la presente normatividad, así como los problemas de interpretación, serán resueltos por el H. Consejo Consultivo Académico y el Consejo Consultivo de Coordinadores de Tutorías.

Artículo 2º. La presente normatividad entrara en vigor, al difundirse por cualquier medio de que dispone la Universidad Autónoma de Chihuahua.



Publicado por: N/D
Fecha de publicación: 2008-04-04 14:31:08
URL de este artículo: http://www.uach.mx/academica_y_escolar/tutorias/2008/04/04/reglamento_tutorias/
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